Proyecto Minero (PM)

Aplicable para Faenas Mineras con Extracción y/o Tratamiento de Mineral Superior a 1.000 y hasta 5.000 Toneladas por Mes, y para Proyectos de Mayor Complejidad de la Pequeña Minería o Minería Artesanal, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 595 y 597 del Reglamento de Seguridad Minera

Tras la reciente actualización del Reglamento de Seguridad Minera, se establece el Proyecto Minero (PM) como el permiso obligatorio para faenas cuya capacidad de extracción y/o tratamiento de mineral sea superior a 1.000 y hasta 5.000 toneladas mensuales. Asimismo, debe tramitarse un PM cuando el proyecto presente condiciones de mayor complejidad o riesgo, como reducción de sección, recuperación de pilares, ingreso a caserones explotados, métodos de hundimiento, cercanía a zonas pobladas, intervención de cauces o diseños subterráneos o a rajo abierto de gran dimensión, entre otros casos definidos por la normativa, independientemente de su capacidad de extracción o producción. Cualquier modificación significativa —como aumentos relevantes de producción, cambios tecnológicos que incidan en la seguridad o variaciones de método o diseño— requiere aprobación previa del Servicio.

El PM es indispensable para iniciar operaciones: ninguna faena puede comenzar actividades sin contar con un permiso aprobado y vigente, el cual solo puede otorgarse en terrenos con concesión minera de explotación. Su vigencia se determina en función de la duración total del proyecto, comprendiendo las etapas de preparación, construcción, operación y cierre.

INGRESAR PROYECTO MINERO (PM)

¿A quién va dirigido?

A las empresas o productores mineros cuya capacidad de extracción y/o producción sea superior a las mil (1.000) toneladas de mineral por mes e igual o inferior a cinco mil (5.000) toneladas de mineral por mes en el caso de la explotación minera. Las plantas de tratamiento de minerales cuya capacidad de alimentación no supere las cinco mil toneladas de material por mes deberán tramitar un Proyecto Minero (PM).

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para iniciar la tramitación de un Proyecto Minero (PM), el expediente debe contar con los antecedentes mínimos exigidos en la etapa de admisibilidad, lo que permite verificar que la presentación cumple las condiciones básicas para continuar con su evaluación. Los proyectos deben estar elaborados conforme a las guías técnicas oficiales de SERNAGEOMIN, disponibles en el sitio web institucional y definidas según el tipo de proyecto. La revisión de admisibilidad considera tres grupos de antecedentes:

1. Antecedentes Administrativos

i. Firma del titular o representante legal y del profesional responsable del proyecto.

ii. Clasificación correcta del proyecto (nuevo, modificación o ampliación) y pertinencia del trámite solicitado.

iii. Verificación de que el proyecto esté dentro de la competencia de SERNAGEOMIN, evitando duplicidades con otros organismos.

iv. Revisión de que no existan ingresos duplicados, fraccionamientos artificiales o superposiciones con proyectos previamente evaluados.

2. Antecedentes Legales

i. Identificación del titular (RUT, razón social, domicilio, contacto).

ii. Acreditación del representante legal (escritura, poder simple o notarial).

iii. Propiedad minera: dominio o tenencia actualizada de pertenencias, coordenadas y rol, cuando corresponda.

iv. Títulos de mera tenencia o derechos superficiales, según corresponda.

v. Resoluciones previas de SERNAGEOMIN relacionadas al proyecto o emplazamiento.

vi. RCA vigente, en caso de proyectos afectos al SEIA.

3. Antecedentes Técnicos

i. Memoria descriptiva del proyecto: objetivo, ubicación, alcance, etapas y principales características operacionales.

ii. Planos, diagramas y layout de la faena y sus instalaciones.

iii. Capacidad productiva y duración estimada del proyecto.

iv. Estudios técnicos complementarios requeridos según la naturaleza del proyecto (geotécnicos, hidrogeológicos, estabilidad, sismicidad, entre otros).

v. Gestión de riesgos: medidas preventivas, controles críticos y matrices que demuestren cumplimiento de la normativa de seguridad minera.

Revisa aquí como realizar el trámite
RPM

Si todos los antecedentes exigidos se encuentran completos y en conformidad, el proyecto será admitido a trámite y pasará a una evaluación de fondo, instancia en la cual se verifica detalladamente el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento de Seguridad Minera.

Vigencia del trámite

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web de Sernageomin.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

  • 1. Haga clic en «Iniciar Sesión».
  • 2. Ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en «Continuar». Si no tiene ClaveÚnica, solicítela.
  • 3. Una vez en el sitio web de la institución, complete los datos requeridos en el formulario, adjunte los archivos digitales requeridos y haga clic en el botón «Ingresar Solicitud».
  • 4. Como resultado del trámite, obtendrá un correo indicando que su solicitud fue recibida por Sernageomin.
  • Importante: puede obtener información al respecto llamando al (+56) 2-2482 5500 o dirigiéndose de forma presencial a la correspondiente Dirección Regional.
  • Marco Legal: Reglamento de Seguridad Minera.